I. INTRODUCCIÓN
A. EL IMPERIO ROMANO
La historia de Roma se remontaría al 21 de abril de 753 a.C., fecha que la tradición establece como la de su fundación. No obstante, por 5 siglos no encontramos claras antici-paciones históricas, libres de anécdotas, mitos y leyendas.
Conocemos nombres de sus jefes, pero sus figuras son resbaladizas: primero debiera rememorarse al "fundador", Rómulo (o Quirino) que habría actuado en asociación con el rey sabino Tito Tacio. Después emerge otro sabino: Numa Pompilio a quien se le atribuye la consolidación de las primeras instituciones religiosas. Ya latino está Tulio Hostilio, destructor de Alba Longa, la patria de Rómulo, y Auco Marcio, que ocupó el Tiber.
Hacen su aparición los etruscos con Tarquino Prisco a quien se le atribuyen algunas obras del Capitolio. Lo sigue Servio Tulio, quien habría sido alma de las instituciones políticas y militares, y Tarquino el Soberbio que fue derrocado provocando la abolición de la Monarquía (510 a.C.) y el surgimiento de la República que se consolidó alrededor del 367 a.C.
El jefe es el Rex Sacrorum o Rex Sacrificulus pero el gobierno civil estaba asignado a los Magistratus, limitados por un poder temporal colegiado. En esta etapa los magistrados máximos eran dos cónsules -llamados prætores inicialmente-, pero en realidad jefes militares reemplazados en sus funciones administrativas por los Decemviri (451 a.C.) que compusieron la ley configurada en 10 tablas a las que se agregaron después otras dos originándose así la "Ley de las Doce Tablas". En algunas oportunidades (444 a.C. y 367 a.C.) gobernaron tribunos militares.
Junto a estos magistrados estaban los cuestores, encargados de las finanzas; los censores responsable del censo y de los impuestos, que duraban 5 años en funciones; prætores (creados en 367 a.C.) o cónsules encargados de la iurisdictio y que eran dos: un prætor urbanus y un prætor peregrinus que aplicaban la ley a los ciudadanos o a los peregrini (extranjeros). Estaban auxiliados por ediles plebeii o por ediles curules con jurisdicción en la urbe o en los mercados respectivamente.
Todos estos magistratus gozaban de imperium o potestas según su jerarquía y eran elegidos en "comicios centuriados" o "comicios tribunos" aunque posteriormente se establecieron los "comicios curiados" y los concilia plebis.
El órgano que podía frenar a los magistratus era el senatus cuyos miembros eran conocidos como patres conscripti.
Zaujímavosti o referátoch
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